jueves, 21 de julio de 2016

ACUERDO HORARIOS SINGULARES -OTROS ASPECTOS-


Tanto la dirección como los sindicatos firmantes justifican la firma del acuerdo, entre otros, con los siguientes planteamientos:

·         El acuerdo contrarresta la ventaja competitiva de otras entidades.
·         El acuerdo contribuye a mejorar la rentabilidad de la Banca de Empresas y Privada.

En ningún momento de la negociación, la dirección ha acreditado la necesidad de la jornada partida para poder contrarrestar la ventaja competitiva de otras entidades, limitándose a aportar un extracto del Plan Estratégico, un simple documento de intenciones. En UGT consideramos que bastaría con dotar a los profesionales de otras herramientas para poder competir en igualdad de condiciones: buenos productos y medios adecuados.

En relación a la posible mejora de rentabilidad, tampoco se ha acreditado la misma, siendo seguro que este acuerdo supone un incremento de los costes generales de alrededor de 6 millones de euros, frente al recurrente argumento de contención del gasto.

La firma de este acuerdo tampoco encuentra justificación en la mejora de las condiciones de los compañeros de Servicios Centrales, que por Convenio tenían un horario distinto al general, ya que consideramos que no resultaba necesario implantar la jornada partida para acordar la regulación de las condiciones laborales y económicas de estos compañeros que, por otra parte, se podría haber hecho hace muchos años.

Tanto la dirección como alguno de los firmantes no han tenido inconveniente en activar el botón del miedo. La dirección “amenazando” con no firmar el Convenio si no se suscribía un acuerdo de horarios singulares en iberCaja, y CCOO y CSICA recurriendo al más vale susto que muerte, como mal menor. 

AL PARECER, “GRACIAS” A LA JORNADA PARTIDA EN IBERCAJA SE GARANTIZA EL CONVENIO Y EL HORARIO GENERAL DEL SECTOR


lunes, 18 de julio de 2016

ACUERDO HORARIOS SINGULARES - MODELO, LIMITACIÓN,CONTROL HORARIO-


Presumir de que en este acuerdo está todo concretado, limitado, atado y bien atado desde la perspectiva de los trabajadores que accedan a trabajar por las tardes es pura fantasía. Veamos algunos ejemplos.

Resulta llamativo que el primer planteamiento empresarial sobre horarios singulares recogía casos bastante más “concretos” de aplicación de estos horarios que lo que al final se ha bendecido desde CCOO, CSICA y ACI. De los Gestores de Banca Privada y Empresas y los MAP de las primeras reuniones, hemos pasado además de lo anterior a: Hasta un máximo de 180 oficinas con modelo de atención personalizada o especializada. Es decir, cualquier oficina con Gestor de Banca Personal es susceptible de ser abierta y dicho Gestor afectado. El autodenominado “mejor acuerdo sobre horarios del sector” debe ser el único que, en su periodo de negociación, lejos de minimizar las aperturas las ha ampliado generosamente.

Tampoco parece muy “concreto” y atado el futuro de aquellos Gestores que o no quieran o no puedan trabajar por las tardes: “se intentará reubicarle en otro puesto de trabajo de similares características funcionales…” y por si hay alguna duda de quién lo tiene todo atado “…y respetando en todo caso el derecho del Banco a la libre designación de las vacantes

Pero el colmo de la supuesta “concreción” es que los “horarios singulares” no se definen. Los sagaces negociadores se han conformado con establecer sobre ellos un “marco horario”. Por si esta generosa concesión a la desregulación horaria no hubiera quedado clara, el acuerdo especifica todavía mejor quién decide el horario de un gestor: “en función de las necesidades organizativas y comerciales de estos centros (no de los gestores, aclaramos nosotros) se determinará el horario específico para cada uno de ellos (los gestores)”. Así que si algo está bien “concretado” es que el horario de un gestor está en manos de su superior. Por cierto, tampoco se “concreta” en ningún sitio que no te lo pueda cambiar cada semana.

La limitación de centros y personal no pasa de ser una anécdota. Como ocurrió con la movilidad geográfica del ERE, la empresa pone un límite que ampliamente cubre sus mejores expectativas y con maquillar un poco la cifra en las últimas reuniones todos contentos.

Por último, el control de horarios para toda la plantilla, otro salvavidas pinchado al que agarrarse para justificar una firma. El famoso establecimiento de un Control Efectivo del Horario era una obligación que pesaba sobre iberCaja en virtud de una denuncia de UGT ante la Inspección de Trabajo de Zaragoza. Además, iberCaja ha sido sancionada por “obstrucción a la labor inspectora”, es decir, los representantes de la entidad no sólo han incumplido el deber de colaboración con la Inspección de Trabajo, sino que le han puesto trabas.

Podríamos callarnos si en este punto los sindicatos firmantes, de forma paralela al posible acuerdo, además de la obligación que ya existía, hubieran cerrado un sistema efectivo o al menos logrado comprometer su negociación.


Por desgracia, lo firmado no “concreta” ningún avance sobre la situación anterior: “…se procederá al establecimiento antes de enero de 2017 de un sistema de registro efectivo de la jornada…”. Este acuerdo solo obliga a la empresa a poner en marcha un sistema de control horario. Un folio con las horas de entrada y salida les puede parecer suficiente, ya que su carácter de efectivo queda a la generosa interpretación de los firmantes ¿algún crédulo piensa que si el sistema que se implante no es mínimamente serio los sindicatos firmantes denunciaran este acuerdo de horarios especiales? Nosotros intuimos que no.

Si alguien te había animado a pensar que, con este acuerdo, se acababan las reuniones por la tarde o las visitas a promociones inmobiliarias después de comer, sentimos quitarte la ilusión: seguirás como hasta ahora, yendo alguna tarde y gratis porque este acuerdo firmado por CCOO, CSICA y ACI ni controla ni limita dicha posibilidad.

La única manera de establecer un Control Efectivo de la Jornada es mediante acuerdo con toda la representación sindical que concrete, limite y dé garantías a Ibercaja Banco y a su plantilla.

viernes, 15 de julio de 2016

ACUERDO HORARIOS SINGULARES -MEJORAS ECONÓMICAS Y SOCIALES-


El horario partido que sufrirán un importante número de Gestores de Banca Personal y de Empresas ya tiene un precio. CCOO CSICA y ACI han valorado que por 5.500 euros brutos un Gestor estará satisfecho e irá a trabajar en el horario que le digan, con una sonrisa dibujada en el rostro, tres tardes más a la semana. Hay ofertas, que dudamos sean a gusto del consumidor, de una o dos tardes por 1.500 o 3.300 euros.

Es cierto que es un debate cargado de subjetividad. Cinco mil quinientos euros por trabajar tres tardes además de la del jueves puede ser una cifra para algunos interesante. Un o una joven, recién nombrado GBP, con poco nivel salarial, que no le importe comer de fiambrera y sin compromisos familiares que atender verá con buenos ojos la oferta. Todos los demás, seguramente no tanto.

Pero sería un poco simplista analizar las presuntas “mejoras económicas” del acuerdo sin pensar en otros factores colaterales. En los tiempos de ahorro de costes que vivimos, resulta llamativo que la entidad se lance a una operación de dudosa rentabilidad sin contar con algún mecanismo ajeno al acuerdo que la pudiera sostener, en parte, si la cosa no funciona como se prevé.

La Retribución Variable por Objetivos tiene una mayor relevancia para los gestores de Banca Privada y Empresas que la nueva retribución “horaria”. No sería muy extraño pensar que, si la cosa no funciona todo lo bien que se quiere, aquellos profesionales que acepten un horario partido (y una mayor retribución por ello) pudieran ver elevado el nivel de exigencia en cuanto a la consecución de la primera por su adscripción a la segunda.

“La Entidad pone a tu servicio nuevas y costosas herramientas (el horario de tarde) y quiere que demuestres que las aprovechas y las rentabilizas” Reconocerán los firmantes del acuerdo que no sería ésta una frase que desencajara dentro del argumentario para justificar un incremento de objetivos a cumplir. Y el acuerdo no prevé que esto no pudiera producirse.

¿Habrá objetivos diferenciados para unos Gestores en función de su horario?

¿Autofinanciaran los Gestores con parte de su retribución variable su retribución horaria? 
Pues seguramente al principio no, luego ya veremos.

Los sindicatos firmantes le han hecho un gran favor a la Dirección y no querrán que en esta primera fase esa firma le pase factura a ninguna de las partes desatando un malestar demasiado ruidoso.

Se necesitan los unos a los otros, así que con el cadáver de las tardes todavía caliente y el nombre del asesino en la memoria de todos, les harán el favor de aplicar el acuerdo y sus efectos colaterales con toda su crudeza de una forma gradual. Dentro de algunos meses, cuando piensen que en la memoria colectiva ya estaremos todos los sindicatos en el mismo saco empezaremos a ver de verdad las excelencias de este bodrio. Así que, memoria compañeros, que no todos somos iguales.

Se nos olvidaba! Los beneficios sociales de este acuerdo para quiénes lo padezcan se limitan a un día de vacaciones. Sin comentarios.

¡Ah no!, que también hay una Comisión de Seguimiento de este acuerdo, de la que formarán parte las secciones que han firmado y a las que quizás se les den más horas sindicales por este trabajo suplementario. Claro que les irán muy bien, como ahora tendrán que estar también por las tardes ¿O no?



martes, 12 de julio de 2016

ACUERDO HORARIOS SINGULARES - VOLUNTARIEDAD -


Tal y como anunciábamos en nuestra circular sobre los motivos de la no firma del acuerdo de horarios singulares, pasamos a realizar una valoración más detallada, dejando al margen el procedimiento seguido en la negociación que, tal y como hemos venido diciendo, no se ajusta a la legalidad vigente y, por tanto, consideramos que es nulo.
VOLUNTARIEDAD, uno de los principales motivos alegados por algunas secciones sindicales (CCOO y CSICA) para justificar la firma de un acuerdo que ha instaurado la jornada partida en ibercaja.

En UGT, al contrario que los firmantes, opinamos que no existe voluntariedad real y que el único control será el ejercido por la dirección de la red para que “voluntariamente” se apunte el personal.

El acuerdo establece que se publicarán las vacantes de los puestos con horario singular para su solicitud correspondiendo la decisión final sobre la asignación a la Dirección de Recursos Humanos. Sin embargo, al día siguiente de la firma del acuerdo, sin esperar a la publicación de las vacantes, los responsables (siguiendo instrucciones) realizaron las pertinentes “recomendaciones” a los gestores de empresas y GBP para conseguir su “adhesión voluntaria”. Hecho que UGT hemos puesto en conocimiento de recursos humanos, requiriendo el cese inmediato de la presión sobre los trabajadores y trabajadoras para forzar su adhesión al horario singular.

Finalmente, si el empleado hace caso omiso de las “amables recomendaciones” y no solicita el nuevo horario, la dirección de la red intentará reubicarle en un puesto de similares características en el mismo ámbito geográfico. “Todo ello, si existiesen vacantes en dicho ámbito, previa solicitud del mismo y respetando en todo caso el derecho del Banco a la libre designación de las vacantes.” No hay que ser un lince para saber cómo termina esta historia.

Elección Voluntaria de las Tardes: una, dos o tres. No queremos aventurar lo que va a suceder en este punto, pero nos tememos que las “recomendaciones” se harán extensivas al número de tardes: te apuntas a 1 tarde y trabajas 3. Todo sea por el ¿ahorro de costes?


Mientras, el CEO “voluntariamente” premia a los Territoriales

Desde marzo, los 5 Directores Territoriales son Nivel 1


lunes, 4 de julio de 2016

ACUERDO DE HORARIOS SINGULARES

Los motivos de la no firma de la sección sindical de UGT-iberCaja y que hemos solicitado que consten en el Acta Final de la negociación son los siguientes: 


“Desde UGT manifestamos nuestra posición contraria a la firma por los siguientes motivos:
  
-        La apertura de esta negociación supone una actuación desleal con la mesa de negociación del Convenio Sectorial. A nuestro modo de entender, abierta una mesa de negociación en un ámbito negocial, como es el sectorial, que ha sido reconocido por todas las partes legitimadas para ello, imposibilita la apertura de mesas bilaterales en ámbitos diferentes (en este caso el de empresa).

-        La dirección plantea la negociación de horarios dentro del marco del artículo 7 del Convenio Colectivo Sectorial, pero no cumple con el procedimiento establecido legalmente, lo que implica la nulidad de todo el proceso.

-                 No se han justificado las causas organizativas y de producción que hacen necesaria la implantación de la jornada partida.

-                 La negativa empresarial a negociar un sistema de control horario que posibilite la supervisión de la jornada realizada por los trabajadores de la entidad.

-                 El marco horario propuesto provoca la desregulación horaria, la remisión a la negociación individual de una parte importante de las condiciones laborales (horario y salario) e introduce la diferencia de trato de una plantilla respecto a otra.”

La próxima semana realizaremos una valoración más detallada del contenido del acuerdo. Seguiremos informando.