viernes, 24 de febrero de 2017

QUEBRANTO DE MONEDA

Hemos tenido muchas consultas acerca del Quebranto de Moneda, primero vamos a recordar nuestra Normativa (ref.2518): “El quebranto de moneda se abona dos veces al año, y es proporcional al tiempo que el empleado haya ocupado un puesto de caja durante el semestre comprendido entre el 1 de enero a 30 de junio o el 1 de julio a 31 de diciembre (excepto cuando la ausencia del mismo se deba a vacaciones, incapacidad temporal o baja por maternidad, en cuyo caso se abonará por el importe completo).”

El Quebranto es un concepto extrasalarial, de carácter indemnizatorio y no retributivo, según STS de 4 de noviembre de 1994 (Ar. 8591) “el quebranto de moneda es un concepto económico de pago ordenado a compensar los riesgos y, en su caso, perjuicios derivados de la realización de operaciones con dinero, como pueden ser, entre otros, los errores en cobros y pagos o las pérdidas involuntarias”

Resumiendo, si tu puesto es el de caja:

NO pueden descontarte los días que estés de vacaciones
NO pueden descontarte los días que estés de baja por enfermedad o accidente
NO pueden descontarte los días de descanso de maternidad o riesgo embarazo
NO pueden reducirte el importe por el hecho de estar con una reducción de jornada.

Este mes de Febrero se regularizan las diferencias de arqueo por lo que, si estás en alguno de los casos anteriores, debes comunicarlo para que te abonen la diferencia. Esta debe estar visada por tu Jefe de zona, en caso de negativa estamos a tu disposición.

jueves, 16 de febrero de 2017

¿GESTIÓN DE EQUIPOS?

Circula por una parte de la red un documento titulado “Gestión de Equipos” dirigido a responsables de oficina y que recoge un revoltijo que mezcla buenas ideas con pequeñas trampas y viejos vicios. Si bien en el trazo grueso no suena del todo mal, es en la letra pequeña y en los “anexos” donde el autor del documento se viene arriba para rebozarse en el barro cual cochino jabalí.

Dicho manual, contiene como primera de sus perlas una propuesta de individualización de objetivos (práctica que nunca contara con nuestro entusiasmo ni aprobación) que parte esta vez de la buena idea de que se asignen en función de “posibilidades y habilidades” de cada empleado, para tropezar enseguida al destacar en negrita: “El pacto de los objetivos debe partir del COMPROMISO del EMPLEADO”. Si, si buen rollito, pero fírmame este papelito…

A continuación, el capítulo de “Valoraciones individuales con empleados” se vincula presuntamente con el Modelo de Liderazgo Inspirador. Dentro de las dos valoraciones que propone, de la “Gestión Comercial” y de los “Planes de Desarrollo”, se menciona un “protocolo” de actuación que se desarrolla en un perverso anexo en el cual, a los que, a juicio de su responsable, tengan un “bajo rendimiento” se les receta una conversación con el Director de Zona. Sin duda, salen mejor parados que aquellos a los que se les diagnostica una “actitud inadecuada en su aportación comercial y rendimiento”.

A estos presuntos haraganes, se les acosa con toda una serie de ordenes por escrito, advertencias del Director, informes al Director de Zona con el conocimiento del empleado y, por fin, informe a la Dirección Territorial para sancionar con un apercibimiento, medidas disciplinarias, cambio de destino e informe a Recursos Humanos para que sean ellos, ausentes de todo el proceso, los que determinen una sanción final ejemplarizante. Todo un mobing institucionalizado y protocolizado a la sombra del membrete de iberCaja.

No sabemos de dónde se saca el autor de este protocolo las competencias que le autorizan a amenazar, apercibir o sancionar a un trabajador por una presunta “actitud inadecuada”. Viniendo de donde viene, el eufemismo de la “actitud inadecuada” que serviría para poner en marcha toda la maquinaría, se nos antoja un cesto sin fondo en el que cabe el empleado sin grandes habilidades comerciales o el que se niega a prologar su jornada o el que no entra en el juego de la “venta compulsiva”, por ejemplo.

Algún iluminado se perdió la clase de primero de sentido común y desconoce que la capacidad sancionadora en una empresa no puede ser ejercida al libre albedrío de cualquiera, está circunscrita a hechos muy concretos, por supuesto, más contrastados que la simple opinión de tu jefe y con procedimientos establecidos mucho más garantistas para el trabajador que una entrevista con un superior jerárquico en la soledad de su despacho.

Tampoco tiene un pase la inclusión “oficial” de los traslados como medidas de castigo. Lo que hasta ahora era una práctica “no oficial” ya se presenta en escena sin ningún rubor. Así que también estarán previstas sus consecuencias.

¿Dónde irán todos esos parias? ¿Les recibirán con los brazos abiertos en sus nuevos destinos o crearán oficinas sumidero? Si es el director el de la “actitud inadecuada” ¿le llenarán la oficina de inadaptados como él? “Aquí te dejo esta cuadrilla y ahora empieza a motivarlos, desarrollarlos, impulsarlos y conectarlos” sería la dedicatoria.

Es bastante lamentable que todo este manual del perfecto mafioso se quiera teñir de cierta progresía mezclándolo con el proyecto de Liderazgo Inspirador, contaminándolo y dejándolo tocado seriamente de cara a que voluntariamente decidamos participar en él.

Si como parece, todo este desatino es fruto de la efervescencia de alguien que deja entrever en qué se inspira realmente su modelo de liderazgo, todo esto se debería corregir. Si no fuera así, no tendremos claro por cuál de las dos formas de entender el liderazgo apuesta la entidad, o por la que nos sitúa en el presente y garantiza nuestro futuro o la que nos devuelve al decimonónico concepto del cacique como inspirador de los valores institucionales.

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miércoles, 1 de febrero de 2017

SERVICIO DE CAJA

El servicio de caja es un servicio básico ligado a la apertura de una cuenta en una entidad bancaria y el BdE y la Ley de Servicios de Pago permiten prestarlo de muy diversos modos.

Las entidades están obligadas a dar a conocer a sus clientes la forma en que se presta y a comunicar con suficiente antelación las modificaciones que se pretenden implantar. Si se limitan o se excluyen ciertas operaciones (importes por debajo de cierta cantidad), los otros canales deben cumplir los mismos requisitos que si se realizan por ventanilla (fecha valor, disposición de los fondos, uso de moneda fraccionaria de curso legal…)

A la vista de la nueva “Campaña Autoservicio de 2017”, la Dirección no se atreve a fijar la limitación en la normativa, bien porque le supone un esfuerzo económico y tecnológico o porque no quiere o no puede asumirlo. En su lugar, prefiere trasladar su responsabilidad a la plantilla que mediante “recomendaciones”, “sugerencias”, se ve obligada a cumplir con un objetivo medible en su retribución variable.

La carga de trabajo, una vez más, recae en los empleados de las oficinas y dentro de las oficinas en los puestos de caja (desde la perspectiva de la empresa puestos totalmente prescindibles pues aportan cero valor añadido).

Este tipo de campañas vienen a reflejar el total desconocimiento de sus creadores de una parte importante de nuestra clientela (edad y perfil de clientes con ingresos bajos y poca capacidad de adaptación a los cambios) y de la sobrecarga sufrida en las oficinas (a la que a la disuasión que habrá que hacer desde el puesto de caja cliente a cliente hay que añadir en su minificha el porqué de su negativa, en caso de que la hubiera).

El cliente, ese ser que nos da de comer pero que parece que últimamente molesta su presencia en la oficina, salvo que sea llamado para colocarle algún producto de oferta semanal, se encuentra en un primer momento con la “obligatoriedad” en las operaciones de efectivo de utilizar los “canales alternativos”. Primer peldaño de una larga escalera que le llevará a una independencia y a un desarraigo de la oficina tal, que le puede hacer replantearse la relación con la entidad.

Por otra parte, los máximos responsables de la Entidad hacen gala de nuestra fidelidad a los principios fundacionales, preservando nuestros valores, nuestra vocación social y nuestro compromiso con las personas y los territorios de actuación.
  
¿En qué quedamos?