Desde la sección sindical de UGT en Madrid queremos brindar a todos los compañeros de Ibercaja, especialmente en Madrid, un nuevo lugar de encuentro para que podais comunicarnos (y comunicar a todos) vuestras inquietudes.
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martes, 15 de enero de 2019
lunes, 7 de enero de 2019
viernes, 4 de enero de 2019
TEMPORALIDAD
Una de las
paradojas que se da en nuestra entidad es la alta temporalidad que perdura en
algunas zonas, si no se incrementa, ERE tras ERE. En algunas provincias
(Huesca, Teruel o Lérida, por ejemplo) donde los sucesivos ERE´s han ido diezmando las plantillas se va tapando
el roto recurriendo a contrataciones temporales, aunque numerosas, siempre
escasas ya que nunca se llegan a cubrir las necesidades reales de personal.
Nos
parece grave e inmerecida la absoluta incertidumbre en la que se mueven
nuestros compañeros y compañeras más nóveles. Encadenan contratos que les hacen
acumular años de experiencia, sin que eso garantice nada. Si tienen demostrada
su validez para que lleven años entre nosotros, ¿a qué esperamos para
aprovechar su experiencia y su confianza en la entidad y asegurarles un futuro
entre nosotros?
¿Se plantea el
Área de Personas (fijas y temporales), como se sentirán quiénes llevan ocho,
nueve o hasta diez años entre nosotros cada vez que se prorroga de nuevo su incertidumbre?
Porque
además, los necesitamos. La mayoría de estos compañeros o compañeras ocupan
puestos estructurales, dado el tiempo que llevan trabajando
en
Ibercaja
y
que
son necesarios
para poder abrir la puerta de la oficina cada mañana, sin que el caos se
apodere de los centros donde trabajan. Cubren necesidades de la entidad en
lugares en los que es difícil encontrar a alguien dispuesto a acudir. Muchos
han adquirido el conocimiento y experiencia necesarios para desarrollar labores
comerciales y profesionales del mayor nivel, a cambio de una módica
retribución, solo comprensible si este episodio es un pequeño capítulo en una
larga vida profesional ligada a la entidad.
Parece
evidente que mucha de esta contratación temporal tiene un carácter estructural,
pero además es con relación a la entidad a todas luces insuficiente dada la
carga de trabajo que ha asumido ERE tras ERE la plantilla restante. Mientras
las cifras de temporales en algunas zonas se disparan, las cifras globales han
disminuido de un 5 % en el momento de la integración a un 3,5 % actual y no es
por su conversión en fijos, si no por una menor contratación para sustituir
bajas prolongadas o vacaciones, por ejemplo.
Que las bajas de larga duración sean un sustancioso ahorro de costes
a costa de la sobrecarga de
trabajo del resto es también digno de preguntar al Área de Personas (enfermas y
sanas por el momento).
Por
distintas razones, ni la empresa ni esta sección sindical podemos admitir que
esta situación se perpetúe. Ni la empresa puede prescindir de las horas de formación
que la plantilla ha prestado
a este colectivo, ni del
relevo generacional imprescindible que suponen de cara al futuro. Por nuestra
parte, está sección tampoco
se puede permitir
permanecer impasible ante una situación
que roza la ilegalidad,
si no la vulnera en algún caso.
Reproducimos una tabla de los trabajadores temporales que han prestado sus servicios en 2018, por fecha de primera contratación, en la que se aprecia está injustificada prorroga de contrataciones en un importante número de Personas.
jueves, 3 de enero de 2019
HORARIOS SINGULARES: CRÓNICA DE UN FRACASO
Hace dos años,
la firma del Acuerdo de Horarios
Especiales no contó con la firma de UGT. Los motivos ya son conocidos: era
un acuerdo desproporcionado e
innecesario en su conjunto, tanto para la Entidad, como para la mayoría de
los afectados.
Era cierto
que los Gestores de Empresas
o el personal de Banca Privada, que se incorporaba a nuestra empresa desde una filial,
necesitaban adecuar su retribución, regular
su horario y flexibilizar su jornada
y esa parte del acuerdo es la que UGT estaba
dispuesta a hablar.
Incluir a
todos los Gestores de Banca Privada, Subdirectores y Directores era un
despropósito que UGT no creía necesario. Solo había que dar una vuelta por las
oficinas, consultar a los GBP y darse cuenta de que su perfil de cliente no
demandaba de manera urgente ser atendido por la tarde y que a casi ninguno de
nuestros compañeros o compañeras le apetecía verse en la tesitura de tener que
ir a trabajar tres tardes más a la semana, por muy apetecible que pudiera
parecer la compensación económica.
El citado
acuerdo se comenzó a aplicar tímidamente y de forma desigual, en una especie de
ensayo de prueba y error. Al parecer, la cosa no ha funcionado en lo que a las oficinas
se refiere y el pasado mes de diciembre se nos comunicó el
cierre en horario de tarde de un par de centros, ambos en Zaragoza, abiertos en
ese horario a raíz del mencionado acuerdo.
Sobre esta
situación nos gustaría trasladaros dos reflexiones:
- Ya sea en las firmas de los acuerdos con estos sindicatos o en su posterior desarrollo, la Dirección siempre gana. Obtiene de partida lo que cree necesitar, en este caso licencia para partir y alargar la jornada para un importante porcentaje de la plantilla. Se prueba, y si la cosa funciona, se aplica cada vez a más centros y personas. Si la cosa no funciona, se cierra y punto. Los beneficios son para la empresa y los riesgos para los trabajadores, sobre los que hacemos recaer una inseguridad jurídica, económica y personal, sin compensación alguna del posible error. Con avisar unos días antes y ni siquiera dar las gracias, asunto concluido.
- La segunda reflexión es que el tiempo nos ha dado la razón, sobre lo que creemos no es necesario explicar mucho más y si lamentar el coste económico de esta aventura de la que seguramente nadie se sentirá responsable.
Después
de esta decisión de cierres, el Acuerdo de Horarios, sobre el que CCOO
celebraba su renovación hace solo unas semanas, está muerto, ya no sirve.
Debería ser profundamente revisado, eliminando la amenaza gratuita que existe
sobre los GBP, Directores y Subdirectores, mejorando la regulación de Empresas y Patrimonios, analizando las demandas y problemática de sus plantillas, tanto de los gestores como de los administrativos, que
incomprensiblemente quedaron fuera del acuerdo inicial y de cualquier revisión posterior.
Será la próxima representación
laboral la que deba afrontar este reto y si de quiénes ya metieron la para una
vez va a depender esta ardua tarea, no esperes nada bueno.
NO TIRES TU VOTO: ¡PULSA EL BOTÓN!, ¡VOTA UGT!
domingo, 23 de diciembre de 2018
DESTINOS 60%-40%
Sólo tenemos
que observar los cartelitos y logotipos que brotan como setas desde RRHH, no sé
qué de Liderazgo o como quiera llamarse hoy día la gestoría de personal de esta
casa, para ver que de imaginación andamos sobrados. Pero cuando hay que
enfrentarse a la RED para contrarrestar medidas que ésta toma, a veces en el
borde de la norma y otras traspasándolos, el derroche de imaginación sólo sirve
para justificar dichas acciones ante empleados o secciones sindicales; con la
tan manida frase “SIEMPRE SE HA HECHO
ASÍ”.
Ahora dan un paso más allá
inventando empleados asignados a más de un centro de trabajo. ¡OJO! No nos referimos a que un compañero cubra en uno o varios centros
algunos días a la semana, sino ASIGNADOS a dos centros con un tanto por ciento
a cada uno.
Esta figura no está contemplada en nuestro Convenio,
garante de nuestros derechos. Sí
estándolo la Comisión de Servicios. El nuevo invento podría desembocar en graves consecuencias para el afectado.
Entre ellas:
- Al ser ambos destinos del empleado, no corresponde liquidación de kilometraje ni gastos de comida, en su caso.
- No quedar cubierto por el seguro que la empresa tiene suscrito para cubrir daños en el vehículo en casos de disponer el vehículo propio para traslados.
- En caso de traslado, el radio de 25 km que limita el Convenio podría aplicarse desde cualquiera de los dos destinos asignados.
- En un hipotético ERE, tiene el doble de posibilidades de verse afectado por cierre de oficinas
jueves, 5 de abril de 2018
UN POQUITO DE VERGÜENZA
En esta
nuestra sacrosanta casa que es iberCaja Banco nos encontramos habitualmente con
situaciones que entristecen e indignan.
Ya hace tiempo
que no escandalizan las convocatorias de reuniones fuera de horario. Reuniones
que aportan poco valor añadido a nuestra organización, reuniones que “hay que
hacer” aunque sea para no decir nada nuevo y que, en muchos casos, solo sirven
para desmotivar.
Entre el
despropósito y la perversidad se mueve lo último que nos llega desde algunas
zonas de Madrid:
CONVOCAR FUERA DE SU
HORARIO A PERSONAS CON REDUCCIÓN DE JORNADA
Se nos llena la boca de “sensibilidad social”
entre los valores
de iberCaja, pero a la hora de la verdad...
Se dice en
la Convención de Directivos que nos
aprecian, pero a la hora de la verdad...
Sabemos que a
los directores de zona que perpetran estas ideas, la legalidad laboral se la
“refanfinfla” (ya veremos qué ocurre si existen sanciones de Inspección de
Trabajo) pero debería darles vergüenza sabiendo que una reducción de jornada es
un derecho, pero va acompañada de la subsiguiente reducción salarial.
Por otra parte, la
responsabilidad de que las cargas de trabajo por bajas o ausencias de los
empleados sean soportadas por el resto de los compañeros no recae en los
ausentes sino en esta empresa
que no cubre bajas, mucho
menos ausencias. Es hacia los responsables hacia donde debemos dirigir nuestra indignación que son los
que permiten estas situaciones.
Si, al menos, los equipos volantes tuviesen una dotación tanto cuantitativa (número de empleados asignados) como cualitativa (apoderados) y, en algunos
casos, no fueran secretarios de los directores de zona y sufrieran sus
caprichos...
No es tan difícil, pero
tiene que haber voluntad y
responsabilidad, dos cosas que nuestros directivos no tienen.
BASTA DE PALABRAS, TOMENSE EN SERIO LOS RECURSOS HUMANOS
martes, 23 de enero de 2018
EL REGISTRO DE LA JORNADA AL TJUE
La Audiencia Nacional considera que la actual regulación de los artículos
34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores pueden estar incumpliendo la normativa
europea.
En
una demanda planteada por UGT y otros sindicatos ante la Audiencia Nacional,
exigiendo a Deutsche Bank SAE la implantación de un sistema de registro de la
jornada ordinaria, para así poder comprobar el cumplimiento de los horarios, es la propia Audiencia y nuestros Servicios Jurídicos los que hacen
una serie de valoraciones previas
que le hacen llegar a la
conclusión que el actual redactado de los artículos 34 y 35 del Estatuto de los
Trabajadores pueden estar incumpliendo lo establecido por la normativa europea,
en concreto, la Directiva Europea 2003/88/CE y la Carta de Derechos
Fundamentales de la Unión Europea.
Para
llegar a estas conclusiones hacen un repaso pormenorizado de nuestra
legislación y también de las últimas sentencias del Tribunal Supremo, todo esto
los lleva a la formulación de una serie de preguntas previas a la emisión de
una sentencia. Esta serie de interrogantes ya han sido planteados al Tribunal
de Justicia de la Unión Europea con sede en Luxemburgo, que tendrá que resolver
sobre esta cuestión.
Nos felicitamos por este nuevo paso para acabar con la desregulación horaria existente en
el Sector Financiero, y en otros, para acabar con los millones de horas
extraordinarias ilegales, ni pagadas ni cotizadas, mientras
se siguen destruyendo miles de puestos de trabajo en nuestro Sector. Y avanzar para
conseguir una verdadera conciliación de la vida personal y laboral.
Seguimos
empeñados en nuestro compromiso de acabar con esta lacra que supone la
desregulación horaria y ya sea por la
vía judicial o por la vía legislativa, presentando a los grupos parlamentarios
nuestras propuestas para modificar el ET y otras leyes concordantes, para
continuar avanzando.
martes, 29 de agosto de 2017
lunes, 18 de julio de 2016
ACUERDO HORARIOS SINGULARES - MODELO, LIMITACIÓN,CONTROL HORARIO-
Presumir de
que en este acuerdo está todo concretado,
limitado, atado y bien atado desde la perspectiva de los trabajadores que
accedan a trabajar por las tardes es pura
fantasía. Veamos algunos ejemplos.
Resulta
llamativo que el primer planteamiento
empresarial sobre horarios singulares recogía casos bastante más
“concretos” de aplicación de estos horarios que lo que al final se ha bendecido
desde CCOO, CSICA y ACI. De los Gestores
de Banca Privada y Empresas y los MAP de las primeras reuniones, hemos
pasado además de lo anterior a: “Hasta un máximo de 180 oficinas con modelo
de atención personalizada o especializada”. Es decir, cualquier oficina
con Gestor de Banca Personal es susceptible de ser abierta y dicho Gestor
afectado. El autodenominado “mejor
acuerdo sobre horarios del sector” debe ser el único que, en su periodo de
negociación, lejos de minimizar las aperturas las ha
ampliado generosamente.
Tampoco parece
muy “concreto” y atado el futuro
de aquellos Gestores
que o no quieran o no puedan trabajar por las tardes: “se intentará
reubicarle en otro puesto de trabajo de similares características
funcionales…” y por si hay alguna duda de quién lo tiene todo atado “…y respetando en todo caso el derecho del Banco a la libre designación de
las vacantes”
Pero el colmo
de la supuesta “concreción” es que
los “horarios singulares” no se
definen. Los sagaces negociadores se han conformado con establecer sobre ellos
un “marco horario”. Por si esta generosa concesión a la desregulación horaria no hubiera
quedado clara, el acuerdo especifica todavía mejor quién decide el horario de un gestor: “en función de las necesidades organizativas y comerciales de estos centros (no de
los gestores, aclaramos nosotros) se
determinará el horario específico para cada uno de ellos (los gestores)”.
Así que si algo está bien “concretado” es que el horario de un gestor está en manos de su
superior. Por cierto, tampoco se “concreta” en ningún sitio que no
te lo pueda cambiar cada semana.
La limitación de centros y personal no
pasa de ser una anécdota. Como ocurrió con la
movilidad geográfica del ERE, la empresa pone un límite que ampliamente cubre sus mejores expectativas y con
maquillar un poco la cifra en las últimas reuniones todos contentos.
Por último, el control de horarios para toda la plantilla,
otro salvavidas pinchado al que agarrarse para justificar una firma. El famoso
establecimiento de un Control Efectivo
del Horario era una obligación que
pesaba sobre iberCaja en virtud de
una denuncia de UGT ante
la Inspección de Trabajo de
Zaragoza. Además, iberCaja
ha sido sancionada por “obstrucción a la labor
inspectora”, es decir, los
representantes de la entidad no sólo han incumplido el deber de colaboración
con la Inspección de Trabajo, sino que le han puesto trabas.
Podríamos
callarnos si en este punto los sindicatos firmantes, de forma paralela al
posible acuerdo, además de la obligación que ya existía, hubieran cerrado un
sistema efectivo o al menos logrado comprometer su negociación.
Por desgracia,
lo firmado no “concreta” ningún avance sobre la situación anterior: “…se procederá al establecimiento antes de
enero de 2017 de un sistema de registro efectivo de la jornada…”. Este
acuerdo solo obliga a la empresa a poner en marcha un sistema de control
horario. Un folio con las horas de entrada y salida les puede parecer
suficiente, ya que su carácter de efectivo queda a la generosa interpretación
de los firmantes ¿algún crédulo piensa que si el
sistema que se implante no es mínimamente serio los sindicatos firmantes denunciaran
este acuerdo de horarios especiales? Nosotros intuimos que no.
Si alguien
te había animado
a pensar que, con este acuerdo, se acababan las reuniones por la tarde o
las visitas a promociones inmobiliarias después de comer,
sentimos quitarte la ilusión: seguirás como hasta ahora, yendo alguna tarde y
gratis porque este acuerdo firmado por CCOO, CSICA y ACI ni controla ni
limita dicha posibilidad.
La única manera de establecer un Control Efectivo
de la Jornada es mediante
acuerdo con toda la representación sindical que
concrete, limite y dé garantías a Ibercaja
Banco y a su plantilla.
martes, 12 de julio de 2016
ACUERDO HORARIOS SINGULARES - VOLUNTARIEDAD -
Tal y como anunciábamos en nuestra circular
sobre los motivos
de la no firma del acuerdo de horarios
singulares, pasamos a realizar una valoración más detallada, dejando al margen
el procedimiento seguido en la negociación que, tal y como hemos
venido diciendo, no se ajusta a la
legalidad vigente y, por tanto, consideramos que es nulo.
VOLUNTARIEDAD, uno de los principales motivos
alegados por algunas
secciones sindicales (CCOO y CSICA) para justificar la firma
de un acuerdo que ha instaurado la jornada partida en ibercaja.
En UGT, al
contrario que los firmantes, opinamos que no
existe voluntariedad real y que el único control
será el ejercido por la dirección de
la red para que “voluntariamente” se apunte el personal.
El acuerdo
establece que se publicarán las vacantes de los puestos con horario singular
para su solicitud correspondiendo la decisión final sobre la asignación a la
Dirección de Recursos Humanos. Sin embargo, al día siguiente de la firma del
acuerdo, sin esperar a la publicación de las vacantes, los responsables (siguiendo instrucciones) realizaron las pertinentes “recomendaciones” a los gestores
de empresas y GBP para conseguir su “adhesión voluntaria”. Hecho que UGT hemos puesto en conocimiento de recursos humanos, requiriendo el cese inmediato de la presión
sobre los trabajadores y trabajadoras para forzar su adhesión al horario singular.
Finalmente, si el
empleado hace caso omiso de las “amables recomendaciones” y no solicita el
nuevo horario, la dirección de la red intentará
reubicarle en un puesto de similares características en el mismo ámbito
geográfico. “Todo ello,
si existiesen vacantes
en dicho ámbito,
previa solicitud del mismo y respetando en todo caso el derecho
del Banco a la libre
designación de las vacantes.”
No hay que ser un lince para saber cómo termina esta historia.
Elección Voluntaria de las Tardes: una,
dos o tres. No queremos aventurar lo que va a suceder en este punto,
pero nos tememos
que las “recomendaciones” se harán extensivas al número de tardes: te apuntas a 1 tarde y trabajas 3. Todo
sea por el ¿ahorro de costes?
Mientras, el CEO “voluntariamente” premia a los Territoriales
Desde marzo, los 5
Directores Territoriales son Nivel 1
martes, 7 de junio de 2016
SE ABRE EL MELÓN DE LOS HORARIOS EN IBERCAJA
Con la excusa
de dar un repaso al proceso de negociación del Convenio Colectivo, la dirección
de Recursos Humanos, reunida
con la representación sindical, ha aprovechado para solicitar la apertura de un proceso de negociación sobre
modificación de horarios de un significativo número de empleados de iberCaja.
Centran sus
pretensiones en los Gerentes de Empresas
(no solo los adscritos a un Centro de Empresas), en los de Banca Privada (los futuros provenientes
de iberCaja Patrimonios y las posibles incorporaciones de la propia plantilla
de iberCaja) y los centros de atención personalizada conocidos como MAP. Es importante destacar que esta
modificación horaria mayoritariamente tendrá un carácter personal y no de
centros de trabajo, lo que generará una situación difícil de controlar.
Para esta
sección sindical ninguno de estos casos entraría en los supuestos recogidos en
el actual Convenio Colectivo, ni en la excepción planteada
en el Art. 7, ni en el Anexo II del Convenio
que ampliaba los supuestos
de apertura de centros de horarios especiales (centros de empresas
y la ampliación de la definición de oficinas en grandes
centros comerciales). Entendemos que supone una clara injerencia en la negociación sectorial y muestra la mala fe negocial de
la dirección.
Excepto CGT, el
resto de secciones sindicales no parece que defiendan el mismo criterio y
parecen dispuestos a entrar a negociar un nuevo horario para todos estos
compañeros y compañeras. Casualmente, en la circular de hoy de CCOO aparece
alguna cifra que no apareció en la reunión del pasado viernes.
Por nuestra
parte, hemos puesto sobre la mesa la problemática de la prolongación horaria y la ausencia
de control horario que se vive en nuestros centros de trabajo, una
ilegalidad que se niega sistemáticamente desde Recursos Humanos, impidiendo que
se avance en su solución.
¿Vamos a permitir
que se “flexibilice” el horario
a un buen número de compañeras y compañeros cuando no se pone interés alguno desde la
empresa en controlar el que ya tenemos?
Tampoco esta
denuncia de incumplimiento horario ha tenido eco en los sindicatos antes
mencionados, que lejos de aprovechar la ocasión para poner por delante la solución a este problema
se han mostrado partidarios de empezar a negociar algo que quizás esté
más avanzado de lo que parece. Por tanto, nuestra preocupación sobre todo este
proceso es notable.
Por último, y antes de que comience la ceremonia de la
confusión, aclarar que en la actualidad existen los siguientes acuerdos
firmados por algunos sindicatos sobre horarios: Bankia (no firmado por UGT)
fuera de Convenio, Caixa ( no firmado por UGT) fuera de Convenio
y BMN (firmado por UGT) dentro de Convenio.
La próxima semana podríamos
tener sobre la mesa una propuesta de la empresa que os trasladaremos
inmediatamente.
Seguiremos informando.
jueves, 3 de marzo de 2016
CUANTO PEOR, MEJOR
A los compañeros de ASIPA CIC les ha
dado por el revisionismo histórico de la negociación
colectiva del sector. Como todos los que tienen más prejuicios que
memoria, se despachan con unas afirmaciones de trazo grueso, que pretenden ajustar el traje de la historia a su propia medida. Para
ello, se inventan ahora un supuesto “tripartito sindical” al que le endosan
importantes retrocesos laborales, como si ellos o sus ancestros no hubieran
estado por allí dando mal.
Algunas de las más graves y “nefastas
consecuencias, tanto económicas como laborales” que enumeran en su escrito tienen su origen en Convenios como el XIII o el XIV o el Pacto Extraestatutario anterior al XV Convenio. Ninguno
lo suscribió la UGT y
si APECA (hoy ASIPA CIC).
- ASIPA:
Asociación Sindical Independiente de Profesionales del Ahorro
- APECA:
Asociaciones Profesionales de Empleados de Cajas de Ahorros.
Por resumir, algunos Convenios firmados por
dicha asociación y sus, no podríamos estar más de acuerdo, “nefastas
consecuencias”:
-1982 XIII convenio: (firmado
sólo APECA-Asipa) quitó para los nuevos TODOS los ascensos
por antigüedad, que hasta entonces eran hasta Oficial Superior (Nivel VI).
-1986 XIV convenio: (Firmado
por APECA-Asipa y CCOO), eliminó para los nuevos el complemento de
pensión, dejándolo en 25.000 PESETAS (150€) al año.
-1988 XV pacto extraestatutario: (Firmado
por APECASYC- Asipa y CSICA) en este nos intentaron “colocar” 2 tardes
a la semana por librar unos sábados. Al final unos se adhirieron y
otros no, el lío provocado con los horarios acabó, en iberCaja, con un acuerdo firmado por UGT en el que se establecía
el actual horario, acabando con los sábados a cambio de una tarde los meses de invierno.
-1990 XV convenio: SÍ lo firma UGT, además
de CCOO y CSICA, por cierto también APECASYC, en este convenio se recuperan parcialmente los ascensos por antigüedad hasta Auxiliar A (ahora nivel XI).
Como conclusión y como ejemplos más sangrantes, estuvimos un buen número de años sin poder ascender por antigüedad y perdimos la posibilidad de llegara Nivel VI (antes Oficial Superior) debido
al XIII Convenio firmado en solitario por APECA (hoy Asipa CIC) y con
su firma del XIV Convenio nos quitaron el complemento
de pensión a los nuevos, originando desde entonces una importante
fisura en los planes de pensiones entre los ingresados antes o después de dicho Convenio.
Por si la referencia histórica no es suficiente, baste
recordar que hace unos meses, en plena negociación del actual Convenio, el sindicato de CIC en Bankia firmó un acuerdo de jornada
partida en dicha entidad, cosa que no ha hecho UGT.
En la comodidad que da tener un poco relevante porcentaje derepresentatividad, sería un milagro que CIC firmara el presente
Convenio, aunque fuera una mera prorroga del vigente.
Cualquier excusa era buena para abandonar la unidad
sindical. En vez de salir a la calle, se escudan en un informe jurídico para
desmovilizar a las plantillas, trasmitiendo la falsa idea de que esto del
Convenio y la Reforma Laboral no va con nosotros, cuando saben perfectamente
que no tener Convenio abre las puertas a la negociación empresarial o incluso
individual, deja en el limbo importantes aspectos de nuestro día a día y
directamente en salario mínimo interprofesional la retribución a las nuevas contrataciones,
por ejemplo.
Coincidimos en que no se puede firmar lo que
pretende la ACARL, pero no en que podemos estar sin
Convenio sin que esto vaya a tener coste alguno para las plantillas actuales y
futuras.
Para colmo, en su misteriosa estrategia,
incluyen ahora hacerle el juego a la ACARL desacreditando cualquier
medida de acción sindical, como si fueran un mero capricho de los
convocantes y no algo necesario para intentar llamar la atención de las
plantillas sobre lo que podría ocurrir de no conseguir variar la actitud de la
patronal.
Con esta incomprensible actitud, y en la línea de resucitar topicazos tertulianos, podíamos hablar de la
pinza hacia la parte social que, parecen estar encantados de ejercer la ACARL
con su inmovilismo y CIC con su extrema beligerancia. Se diría que, viendo su
actitud, en esto del Convenio lo tienen claro: cuanto peor mejor.
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