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lunes, 3 de diciembre de 2018

¿PERSONAS O SIERVOS?

Como todos habréis observado, RR. HH., prosiguiendo con el “lavado de cara e imagen” que está realizando desde hace años, ha decidido cambiarse la denominación: ahora se llaman “Área de Personas”. En UGT hemos sido y somos muy críticos con esas iniciativas de “tuneado”, vacías y falaces, que pintan un mundo “happy flower” que no responde a la realidad de iberCaja. Cada paso que dan en este sentido se alejan más y más de la realidad que viven las personas que trabajan en la Red. No sabemos a quién pretenden engañar, pero a futuros inversores, no, desde luego. Mientras RR.HH.–Área de Personas dedica su esfuerzo en dar una falsa imagen, los trabajadores las pasan canutas en sus centros de trabajo. Un ejemplo de lo que queremos decir lo constituyen los compañeros de las zonas rurales. Para empezar, ponen su vehículo particular a disposición de la Empresa, de manera que, llegado el momento de la necesaria renovación, con muchos miles de kilómetros a cuestas recorridos en itinerarios profesionales, el empleado debe asumir todo el coste del nuevo vehículo. ¿Y qué hace el Área de Personas? Pues absolutamente nada. Bueno, sí, cuelga varios carteles con palabras sugerentes: armonía, ilusión, alegría, respeto… Y la Entidad vuelve a disponer de un coche nuevo gratis. Pero tranquilos. Si sucede un percance en itinerario profesional, iberCaja tiene establecidas unas dotaciones (que no seguro) para cubrir tales eventos. Eso sí, los primeros 600 euros los pone el trabajador, porque la Entidad, no para abaratar la prima del seguro, que no hay tal, sino para ahorrarse costes, establece una franquicia de 600 euros… Así pase lo que pase, al trabajador le cuesta dinero poner su coche particular a disposición de iberCaja. ¿Personas?
 Bueno, pero al menos el mantenimiento del vehículo tiene compensación a través del kilometraje… No vamos a entrar en si el importe que se paga por kilómetro es suficiente o no (que creemos que no). Pero, para empezar, una parte de ese dinero tributa en el IRPF. Y para continuar, cómo no, la tramitación del pago del kilometraje ha de pasar el filtro de los jefes de Zona. Esas personas que aprobaron el cursillo de liderazgo porque les debieron dar aprobado general. No pocos de ellos se encargan de que el kilometraje no llegue a RR. HH.-Área de Personas, u obligan a reducirlo arbitrariamente. Os sonará, es algo parecido a lo que sucede con las horas extraordinarias cuando algún director despistado se le ocurre tramitarlas. ¿Y qué hace entretanto el Área de Personas? Mirar a otra parte y empapelar las paredes con pósit de colores y forma de corazón. No os equivoquéis: cualquiera puede verse trabajando en una zona rural. Cierran tu oficina y comienza la odisea. Te destinan a una localidad de ámbito rural y al poco tiempo te dicen que un día a la semana tienes que trabajar en otra distante X kilómetros. Pues bien, la Empresa y su Área de Personas te abonarán el kilometraje de X kilómetros: es decir, sólo la ida. La vuelta, no.
AÚN FALTAS TÚ. ¡¡AFÍLIATE A UGT-IBERCAJA!!
 
APÓYATE EN UNA ORGANIZACIÓN SINDICAL FUERTE.
 
Pero al poco tiempo, a los conseguidores de méritos se les ocurre que es mejor dividir tu destino en tres. Te dicen que dos días de la semana debes ir a una localidad, otros dos a otra y un día a una tercera. Y así dejas de cobrar los desplazamientos porque estos líderes tan competentes entienden que al fin y a la postre tú acudes cada día desde tu casa a tu puesto de trabajo, que un día está en un sitio y otro día está en otro. ¿Y ante esa ilegalidad qué hace el Área de Personas? Pues con el dinero que se ahorran con tanta sisa a los compañeros de las zonas rurales, se montan un Coffe-Work, que viste mucho y está de moda. Nota aparte merecen los transportes de efectivo tan habituales en las zonas rurales. No contentos con ahorrar ilegalmente a costa del trabajador, le piden-obligan a realizar transportes de efectivo entre localidades, con el consiguiente ahorro en transporte blindado. Es completamente ilegal, pero al Área de Personas, ocupada en buscar eslóganes motivadores e ilusionantes con los que rematar los pósit de colores, no le consta que esas barbaridades sucedan en iberCaja. En el peor de los casos se enterarán cuando algún compañero, transportando efectivo sea atracado o robado. Entonces, sí, el Área de Personas abrirá expediente al trabajador por falta muy grave. Todo muy humano. UGT aplaudirá el cambio de imagen cuando vaya acompañado del respeto a la normativa vigente y a los compañeros. Cuando el Área de Personas expediente con la misma facilidad a un directivo que a un trabajador. Cuando comprendan que un líder que se sirve de la amenaza para lograr objetivos no debería tener cabida en esta Empresa. Cuando dejen de ser una mera gestoría y recuperen la función de gestionar personas. Y, sobre todo, cuando la Entidad deje de hacer negocio a costa de los trabajadores.

miércoles, 10 de octubre de 2018

PRESTACIONES POR MATERNIDAD EN EL IRPF

EL SUPREMO DECLARA EXENTAS DEL IRPF LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD

El pasado 3 de octubre el Tribunal Supremo ratificó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 29 de junio de 2017, fijando como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.”
 
El alto Tribunal indica que la exención del IRPF se establece para las prestaciones públicas percibidas por nacimiento, parto múltiple, adopción, maternidad e hijo a cargo y orfandad, sin distinción del órgano público del que se perciban, ya sea la Administración Estatal, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales.
 
Durante este período, el contrato queda en suspenso y se interrumpe la actividad laboral, por ello, recuerda el Tribunal que se consideran situaciones protegidas la maternidad, la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulan.
 
La sentencia obliga a Hacienda a rectificar y abre la puerta a la reclamación de las trabajadoras que han percibido prestación por maternidad desde el año 2014, ya que el plazo de prescripción es de cuatro años desde el día de la finalización del periodo voluntario de la presentación de la declaración.
 
En UGT entendemos que Hacienda debería actuar de oficio y realizar las devoluciones, sin esperar a reclamaciones. Por esta razón, el sindicato se ha dirigido a la Ministra de Hacienda, exhortándola a que su Ministerio actúe en ese sentido.
 
Existe un procedimiento de reclamación de las cantidades ingresadas indebidamente mediante la presentación de un formulario al que hay que adjuntar copia de la documentación pertinente, siendo posible hacer esta gestión para los años 2016 y 2017 a través del servicio on line de renta web.
 
Si necesitas más información o tienes interés en conocer las novedades que vayan surgiendo envía un correo a seccion-sindical@ugt-ibercaja.es

miércoles, 21 de febrero de 2018

CLUB PRIMITIVA IBERCAJA


Buenos días compañeros, hoy os quiero proponer algo que nos puede enriquecer a todos ¡apuntaros a mi CLUB DE PRIMITIVA! Y por qué, pues porque os quiero hacer partícipes de mi racha en el juego,
¡No, no, que no es ninguna tontería! ¡Que es verdad que estoy en racha! Últimamente acierto todo, y para una muestra la publicación de nombramientos y vacantes de este lunes día 5 y de los anteriores,
¡ah!  eso  sí,  centro  las  apuestas  en  el  Mediterráneo,  más  concretamente  en  el  Levante.  ¡Oye!
¡PLEEENOOOO! Ni un fallo, como en los cursos de seguros.
 
Bueno, después de bromas, si es que se puede bromear con esto, nos pondremos un poco serios.
 
Desde finales de año, se están produciendo una serie de INVITACIONES a renunciar al puesto, al cargo y aceptar una serie de traslados. Siempre se ha dicho que los cargos directivos son puestos de confianza y tal cómo te ponen te quitan. Hasta ahí nada que decir. Pero lo que sucede es que se produce una reacción en cadena cuando tiras la primera ficha del dominó, afectando a muchos más compañeros, aunque lo más flagrante son las formas, presionando a que renuncies (sutilmente) y sin dar explicaciones (como siempre).
 
Lo que llama poderosamente la atención es la procedencia de alguno de los nombrados, y vaya mi felicitación por delante, pues no quiero que se mal interprete lo siguiente: nadie se merece que le cierren la oficina donde se ha dejado el alma para sacarla adelante y cuando puede que fuera una mala decisión su apertura. Como tampoco merecemos vernos obligados a dejar un puesto para que se puedan pagar ciertos favores.
 
Por otro lado, encontramos compañeros que después de estar asumiendo responsabilidades (que no les correspondían), se encuentran que a la hora de cubrir esa plaza no se cuenta con ellos, olvidando el esfuerzo, la dedicación y el desempeñado realizados, generando decepción y desmotivación. Este tipo de decisiones contradicen y nos alejan del modelo pretendido por nuestra dirección de “Liderazgo Inspirador”.
 
Lo que riza el rizo es que te inviten a ocupar, de forma efectiva, un puesto de responsabilidad en una oficina antes de que salga publicada la vacante, sin haber dejado oficialmente el cargo que desempeñas en otra, es decir, coges los trastos y te vas a la nueva. Resultando que lo que se denomina CONCURSO DE VACANTES es toda una mentira, ya que no tiene nada de concurso y mucho de dedo.
 
Este tipo de prácticas no puede ser casual, ni una ocurrencia personal, sino una política diseñada y dirigida desde la más alta instancia, ya que de lo contrario deberían haberse tomado las medidas necesarias para evitar actuaciones de este tipo: agravios comparativos, discriminación, falta de respeto, desmotivación…
amentablemente, pretenden que caigamos, como niños, en el engaño de la transparencia y la igualdad de oportunidades, cuando, al parecer, para nuestra Dirección la plantilla lejos de ser el principal activo somos el principal gasto.
 
Hablando de gasto, ¿hacemos una Primitiva?
  
Vicente el Excelente



viernes, 24 de febrero de 2017

QUEBRANTO DE MONEDA

Hemos tenido muchas consultas acerca del Quebranto de Moneda, primero vamos a recordar nuestra Normativa (ref.2518): “El quebranto de moneda se abona dos veces al año, y es proporcional al tiempo que el empleado haya ocupado un puesto de caja durante el semestre comprendido entre el 1 de enero a 30 de junio o el 1 de julio a 31 de diciembre (excepto cuando la ausencia del mismo se deba a vacaciones, incapacidad temporal o baja por maternidad, en cuyo caso se abonará por el importe completo).”

El Quebranto es un concepto extrasalarial, de carácter indemnizatorio y no retributivo, según STS de 4 de noviembre de 1994 (Ar. 8591) “el quebranto de moneda es un concepto económico de pago ordenado a compensar los riesgos y, en su caso, perjuicios derivados de la realización de operaciones con dinero, como pueden ser, entre otros, los errores en cobros y pagos o las pérdidas involuntarias”

Resumiendo, si tu puesto es el de caja:

NO pueden descontarte los días que estés de vacaciones
NO pueden descontarte los días que estés de baja por enfermedad o accidente
NO pueden descontarte los días de descanso de maternidad o riesgo embarazo
NO pueden reducirte el importe por el hecho de estar con una reducción de jornada.

Este mes de Febrero se regularizan las diferencias de arqueo por lo que, si estás en alguno de los casos anteriores, debes comunicarlo para que te abonen la diferencia. Esta debe estar visada por tu Jefe de zona, en caso de negativa estamos a tu disposición.

lunes, 31 de octubre de 2016

PASADOS DE LA RAYA


Todos al suelo, si no es vuestra intención interferir en la trayectoria de un botellín de agua lanzado en dirección horizontal. Y es que a algunas reuniones hay que asistir con los cinco sentidos. Aunque sean por la tarde, se conviertan en largas y repetitivas sesiones, estate alerta o te espabilan a botellazos.

¿Puede ser una actividad de riesgo pedirse una reducción de jornada? Pues sí. Equípate como si fueras a internarte por la jungla del acoso laboral, vacúnate contra la incomprensión y ponte entre los dientes el último recibo de un sindicato decente, si piensas aventurarte a pedir una reducción de jornada para poder mantener tu vida familiar con un mínimo de cordura. A partir de entonces empieza la cuenta atrás: traslado en tres, dos y

Pero si eso de conciliar no es lo tuyo y lo que te va es desaparecer del mapa y vivir en una oficina, te podemos ofrecer un sitio con un color especial. “Despediros de la familia el lunes, porque hasta el viernes no os van ver” es una consigna que se lanza con cuartelera vehemencia en alguna reunión.

Todo esto que contamos no pasa en una maquila centroamericana o una explotación minera esclavista del Matto Grosso. Esto es solo una muestra de algunas ocurrencias que llegan a nuestros oídos y que, sin ser la norma en la casa, tienen un carácter reiterado entre sus protagonistas, envueltos en una sádica espiral que vincula miedo y resultados por encima de leyes, derechos, salud o un mínimo respeto al prójimo.

Mientras estas actuaciones se amparan en el miedo, la soledad y la resignación de las víctimas, su escalada no parece tener fin. Pero existen, están en el ambiente y algunas hasta se pueden comprobar sin mucho que escarbar.

No vamos a pedir el escarnio público de nadie, como hace algún iluminado difundiendo entre su zona largas listas de empleados con bajas cifras comerciales. Nos basta con que a alguien le lean la cartilla y lo reciclen, si se puede. Y si no, al orgánico.

viernes, 15 de julio de 2016

ACUERDO HORARIOS SINGULARES -MEJORAS ECONÓMICAS Y SOCIALES-


El horario partido que sufrirán un importante número de Gestores de Banca Personal y de Empresas ya tiene un precio. CCOO CSICA y ACI han valorado que por 5.500 euros brutos un Gestor estará satisfecho e irá a trabajar en el horario que le digan, con una sonrisa dibujada en el rostro, tres tardes más a la semana. Hay ofertas, que dudamos sean a gusto del consumidor, de una o dos tardes por 1.500 o 3.300 euros.

Es cierto que es un debate cargado de subjetividad. Cinco mil quinientos euros por trabajar tres tardes además de la del jueves puede ser una cifra para algunos interesante. Un o una joven, recién nombrado GBP, con poco nivel salarial, que no le importe comer de fiambrera y sin compromisos familiares que atender verá con buenos ojos la oferta. Todos los demás, seguramente no tanto.

Pero sería un poco simplista analizar las presuntas “mejoras económicas” del acuerdo sin pensar en otros factores colaterales. En los tiempos de ahorro de costes que vivimos, resulta llamativo que la entidad se lance a una operación de dudosa rentabilidad sin contar con algún mecanismo ajeno al acuerdo que la pudiera sostener, en parte, si la cosa no funciona como se prevé.

La Retribución Variable por Objetivos tiene una mayor relevancia para los gestores de Banca Privada y Empresas que la nueva retribución “horaria”. No sería muy extraño pensar que, si la cosa no funciona todo lo bien que se quiere, aquellos profesionales que acepten un horario partido (y una mayor retribución por ello) pudieran ver elevado el nivel de exigencia en cuanto a la consecución de la primera por su adscripción a la segunda.

“La Entidad pone a tu servicio nuevas y costosas herramientas (el horario de tarde) y quiere que demuestres que las aprovechas y las rentabilizas” Reconocerán los firmantes del acuerdo que no sería ésta una frase que desencajara dentro del argumentario para justificar un incremento de objetivos a cumplir. Y el acuerdo no prevé que esto no pudiera producirse.

¿Habrá objetivos diferenciados para unos Gestores en función de su horario?

¿Autofinanciaran los Gestores con parte de su retribución variable su retribución horaria? 
Pues seguramente al principio no, luego ya veremos.

Los sindicatos firmantes le han hecho un gran favor a la Dirección y no querrán que en esta primera fase esa firma le pase factura a ninguna de las partes desatando un malestar demasiado ruidoso.

Se necesitan los unos a los otros, así que con el cadáver de las tardes todavía caliente y el nombre del asesino en la memoria de todos, les harán el favor de aplicar el acuerdo y sus efectos colaterales con toda su crudeza de una forma gradual. Dentro de algunos meses, cuando piensen que en la memoria colectiva ya estaremos todos los sindicatos en el mismo saco empezaremos a ver de verdad las excelencias de este bodrio. Así que, memoria compañeros, que no todos somos iguales.

Se nos olvidaba! Los beneficios sociales de este acuerdo para quiénes lo padezcan se limitan a un día de vacaciones. Sin comentarios.

¡Ah no!, que también hay una Comisión de Seguimiento de este acuerdo, de la que formarán parte las secciones que han firmado y a las que quizás se les den más horas sindicales por este trabajo suplementario. Claro que les irán muy bien, como ahora tendrán que estar también por las tardes ¿O no?



viernes, 22 de abril de 2016

DERECHO A LA REDUCCIÓN DE JORNADA

La Ley para la Igualdad elevó a la categoría de derechos los diferentes instrumentos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral con el fin de fomentar la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares  y evitar toda discriminación basada en   su ejercicio.

Lamentablemente, muchas veces las empresas no son conscientes que los trabajadores y trabajadoras rinden más cuando las necesidades personales y familiares están cubiertas y actúan de forma irreflexiva dejando la gestión de las plantillas en manos de responsables que no han aceptado el cambio social operado en las últimas décadas y, muestran un elevado grado de intransigencia en el ejercicio de estos derechos.

Prueba de ello, es que últimamente nos llegan incidencias de empleados (normalmente, empleadas), que disfrutando de su derecho a REDUCCIÓN DE JORNADA por cuidado de hijos o de familiares, se ven absurdamente presionadas para que de una forma u otra renuncien a este derecho, o en el mejor de los casos se transmite la idea de que por disfrutar del mismo son malas trabajadoras y compañeras.

Resulta, si cabe, más doloroso cuando estos ataques vienen desde compañeros de su entorno más próximo (departamentos u oficinas). Por ello debemos aclarar algunos conceptos:

- La REDUCCIÓN DE JORNADA es un DERECHO IRRENUNCIABLE alcanzado por los trabajadores desde hace más de 30 años. No podrá limitarse por imposición de la empresa.

- Es un derecho que No es Gratuito, pues supone una reducción proporcional del salario del que lo disfruta. Es decir, nadie regala nada a nadie.

-  En caso de que la Inspección de Trabajo advierta que un trabajador acogido a la REDUCCIÓN DE JORNADA, se ve obligado a realizar prolongación de jornada, la sanción a la empresa puede derivar en FALTA MUY GRAVE y luego la empresa puede depurar responsabilidades con el autor de los hechos.

El Coste REPUTACIONAL para la empresa, si se hace pública la obstaculización a los trabajadores y trabajadoras del ejercicio de este derecho, puede ser desastroso.

Está claro que si hay oficinas, con trabajadores disfrutando de la reducción de jornada, con dificultades para sobrellevar las cargas de trabajo, la culpa no será de estos trabajadores sino de la propia empresa que no puede o no quiere dar solución a las oficinas o por lo elevado de dichas cargas en sí mismo.

Si algún trabajador o trabajadora siente menoscabado el ejercicio de este derecho o de cualquier otro, que no dude en ponerse en contacto con nosotros para tomar las medidas necesarias.

DEBEMOS DEFENDER NUESTROS DERECHOS, NO PISOTEARLOS NOSOTROS MISMOS