La Ley para la Igualdad elevó a la categoría de
derechos los diferentes instrumentos de conciliación de la vida personal,
familiar y laboral con el fin de fomentar la asunción equilibrada de las
responsabilidades familiares y evitar
toda discriminación basada en su ejercicio.
Lamentablemente, muchas veces las empresas no son
conscientes que los trabajadores y trabajadoras rinden más cuando las
necesidades personales y familiares están cubiertas y actúan de forma irreflexiva
dejando la gestión de las plantillas en manos de responsables que no han
aceptado el cambio social operado en las últimas décadas y, muestran un elevado
grado de intransigencia en el ejercicio de estos derechos.
Prueba de ello, es que últimamente nos llegan
incidencias de empleados (normalmente, empleadas), que disfrutando de su derecho
a REDUCCIÓN DE JORNADA por cuidado de hijos o de familiares, se ven
absurdamente presionadas para que de una forma u otra renuncien a este derecho,
o en el mejor de los casos se transmite la idea de que por disfrutar
del mismo son malas trabajadoras y compañeras.
Resulta, si cabe,
más doloroso cuando
estos ataques vienen
desde compañeros de su entorno más próximo (departamentos u oficinas). Por ello debemos
aclarar algunos conceptos:
- La
REDUCCIÓN DE JORNADA es un DERECHO IRRENUNCIABLE alcanzado por los trabajadores desde hace más de 30 años. No podrá limitarse
por imposición de la empresa.
- Es un
derecho que No es Gratuito,
pues supone una reducción proporcional del salario del que lo disfruta. Es
decir, nadie regala nada a nadie.
- En caso
de que la Inspección de Trabajo advierta que un trabajador acogido a la
REDUCCIÓN DE JORNADA, se ve obligado a realizar prolongación de jornada, la
sanción a la empresa puede derivar en FALTA MUY GRAVE y luego la empresa puede
depurar responsabilidades con el autor de los
hechos.
El Coste REPUTACIONAL para la empresa, si se hace pública
la obstaculización a los trabajadores y trabajadoras del ejercicio de este derecho, puede ser desastroso.
Está claro que si hay oficinas, con trabajadores
disfrutando de la reducción de jornada, con dificultades para sobrellevar las
cargas de trabajo, la culpa no será de estos trabajadores sino de la propia
empresa que no puede o no quiere dar solución a las oficinas o por lo elevado
de dichas cargas en sí mismo.
Si algún trabajador o trabajadora siente
menoscabado el ejercicio de este derecho o de cualquier otro, que no dude en
ponerse en contacto con nosotros para tomar las medidas necesarias.
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