Nos han
llegado noticias, no rumores sino documentos, que demuestran la creatividad que
tienen algunos sobre las vacaciones de.... los demás.
Cuando aumenta
la burocracia hasta límites insospechables (y eso que decían que ibamos a trabajar
sin papeles) y la plantilla baja de hecho (no se sustituyen bajas) o por
derecho (no se mandan refuerzos) llega un momento en que las vacaciones, hacer
el cuadro es un poema dramático.
Si por la
Dirección fuera nunca vendría bien coger las vacaciones. ¿Cuándo no hay una campaña?
¿cuándo no hay una urgencia? Pero hay un convenio que de momento dice que tenemos
derecho a vacaciones pagadas: 25 días hábiles a disfrutar entre el 01/01 y el 31/12.
A partir de
que estos malditos obreros tienen derecho a irse de vacaciones (dicen algunos) no
queda más remedio que dárselas. Ahora eso si, cuando YO diga, dice el
jefe.
Pues no.
Todavia hay leyes y en caso de discrepancia, jueces que determinan quien tiene razón.
¿Tiene
razón el jefe que dice que las propuestas de vacaciones tienen que conocerse antes
del 28/2? ¿La propuesta?
El convenio y el Estatuto de los Trabajadores dicen que las vacaciones las tendrá que conocer el trabajador dos
meses antes.
¿Tiene
razón el jefe que advierte de que no se va a contratar a nadie?. El verá. Luego no vengamos con insistir
en los planes comerciales con la calidad del servicio que damos. Un currito tiene dos manos y 7 horas de
jornada. No hay más.
¿Tiene
razón el jefe que dice que no se podrá modificar el cuadro de vacaciones? Jajajajaja. Simplemente esperaremos a ver cuanto
tarda el mismo jefe en decirle a alguien “tú no te puedes ir ahora...” o
“hazme el favor de...” y si alguien nos enseña un cuadro de vacaciones
que desde que se confecciona, hasta 31/12 no se ha modificado, le daremos un premio.
¿Tiene
razón aquel que diga que en Diciembre ningún miembro del equipo marcará vacaciones?
Pues evidentemente NO. Y además es ilegal imponer las vacaciones.
¿Y limitarlas a disfrutarlas antes del 15/1/15?... el solico se pone la trampa.
Lo de “obligar”
a un director a hacer 3 semanas en Agosto y lo que quede (¿una semana? ¿tres días?) para el
subdirector es directamente de juzgado.
Pero tiene que
haber un trabajador que publicado el cuadro de vacaciones, no esté conforme con
lo que le han dejado y denuncie. No hay otra alternativa. Es una reclamación
personal, que apoyaremos desde UGT,
sin lugar a dudas.
No se puede
poner un conflicto colectivo. Porque no afecta a todos los trabajadores, son genialidades
puntuales y porque se hacen sin firma de la entidad. Eso si tampoco le importa
saltarse el convenio “a favor” del trabajador, cuando dice que se podrán partir
en 3 veces como máximo. Pero entendiendo que no está insinuando a que sea en 3,
porque asi son menos días de ausencia de cada vez, eh?. Aclarado este pequeño detalle,
vale: el convenio dice 2.
Desde UGT, o de cualquier sindicato, podemos hacer lo que podemos hacer,
pero hay veces en que o el trabajador dice BASTA, o no hay forma de solucionar
el problema.