lunes, 4 de julio de 2016

ACUERDO DE HORARIOS SINGULARES

Los motivos de la no firma de la sección sindical de UGT-iberCaja y que hemos solicitado que consten en el Acta Final de la negociación son los siguientes: 


“Desde UGT manifestamos nuestra posición contraria a la firma por los siguientes motivos:
  
-        La apertura de esta negociación supone una actuación desleal con la mesa de negociación del Convenio Sectorial. A nuestro modo de entender, abierta una mesa de negociación en un ámbito negocial, como es el sectorial, que ha sido reconocido por todas las partes legitimadas para ello, imposibilita la apertura de mesas bilaterales en ámbitos diferentes (en este caso el de empresa).

-        La dirección plantea la negociación de horarios dentro del marco del artículo 7 del Convenio Colectivo Sectorial, pero no cumple con el procedimiento establecido legalmente, lo que implica la nulidad de todo el proceso.

-                 No se han justificado las causas organizativas y de producción que hacen necesaria la implantación de la jornada partida.

-                 La negativa empresarial a negociar un sistema de control horario que posibilite la supervisión de la jornada realizada por los trabajadores de la entidad.

-                 El marco horario propuesto provoca la desregulación horaria, la remisión a la negociación individual de una parte importante de las condiciones laborales (horario y salario) e introduce la diferencia de trato de una plantilla respecto a otra.”

La próxima semana realizaremos una valoración más detallada del contenido del acuerdo. Seguiremos informando.

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